En términos generales, los pasos a seguir son los siguientes:
Certificación negativa del nombre
Consiste en la obtención de un certificado acreditativo de que no existe otra sociedad con el mismo nombre de la que se pretende constituir.
Otorgamiento de la escritura pública
Acto por el que los socios fundadores otorgan la escritura de constitución de la sociedad. Dicha escritura incluye los estatutos por los que se regirá la sociedad y los socios.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Gestión, liquidación, comprobación e inspección del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados. Este tributo grava, en este caso, la constitución de una sociedad en 1% sobre su capital social.
Código de Identificación Fiscal, C.I.F.
Identificación ante las autoridades tributarias de la sociedad.
Inscripción en el Registro Mercantil
Se ha de proceder a la inscripción de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia en que tenga su domicilio social.
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miércoles, 24 de enero de 2007
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