lunes, 23 de abril de 2007
Marketing en la Pequeña y Mediana Empresa
Sin embargo ¿sabemos lo que es realmente el márketing?. Independientemente de la formación académica de cada uno, cualquier empresario realiza, aún sin saberlo, tareas propias del márketing: fija un precio para su producto, intenta hacer llegar su producto o su marca al mayor número posible de clientes potenciales, lo posiciona frente a sus competidores, etc.
La siguiente pregunta es inmediata: si ya todo el mundo lo utiliza sin saberlo, ¿para qué sirve hacer un plan de márketing?
Pues sí que sirve. Aunque de manera intuitiva muchas de las actividades del márketing sí que se realizan habitualmente, el plan de márketing nos permite establecer un orden lógico de las cosas, ir paso a paso y cubrir todos los aspectos, lo cual es de una importancia capital. Son muchas las empresas que cierran cada año debido a que no se han tomado el tiempo de estudiar detenidamente a su competencia, o a no haber posicionado correctamente su producto, haber fijado un precio demasiado bajo que no ha dado el beneficio necesario, no haber planificado sus flujos de tesorería... multitud de factores que no debemos dejar al azar.
En la red se pueden encontrar numerosas guías para elaborar el plan de márketing, aunque si no se dispone de la formación académica, lo más aconsejable es acudir a profesionales experimentados en el uso de las herramientas necesarias (matrices causa-efecto, RWW, MPQP, Análisis de Fallos y Efectos, Análisis DAFO...).
Como siempre esperamos que esta información os resulte de utilidad y os recordamos que estamos a vuestra disposición para cualquier consulta.
sábado, 31 de marzo de 2007
Campañas de e-mailing efectivas
Cada día se envían más de un billón de correos electrónicos. Es indudable que el email se ha convertido en canal muy atractivo para realizar acciones de marketing. He aquí algunos consejos para maximizar la efectividad de nuestras campañas.
El email marketing se ha convertido en una alternativa muchísimo más barata y eficaz que el mailing postal tradicional, evitándose los costes derivados de la producción en papel o el envío postal, permitiendo un seguimiento en tiempo real de la efectividad de nuestras acciones.
Pero dada la saturación cada vez mayor en el número de mensajes recibidos, es necesario que cuidemos muy bien todos los detalles, ya que una campaña mal realizada es el camino más rápido para enviar el mensaje erróneo a la audiencia equivocada.
La mejor campaña del mundo no tendrá éxito si no se dirige al público adecuado. Es fundamental la calidad de los datos utilizados para nuestra acción, por lo que el éxito de nuestra campaña vendrá condicionado inicialmente por una adecuada selección de la base de datos y una correcta segmentación de los destinatarios.
Cuando el consumidor percibe el mensaje como información de acuerdo con sus intereses y necesidades, el retorno de la inversión en este tipo de campañas alcanza niveles de conversión excepcionales.
Una vez seleccionados los destinatarios, deberemos definir el contenido de nuestra comunicación: el mensaje de correo y la página de destino.
El mensaje de correo
El asunto del mensaje es el elemento más crítico del mismo, ya que los usuarios reciben muchos correos diariamente y el primer objetivo será conseguir la apertura de nuestro mensaje, por lo que este texto deberá invitar a abrirlo ofreciendo un beneficio claro, para evitar que acabe en la papelera antes de ser leído.
Es necesario mantener el asunto lo más conciso y directo posible, utilizando un máximo de siete u ocho palabras, teniendo especial cuidado con la utilización de palabras frecuentes en los correos no deseados (“gratis”, “ahorro”, “descuento”, etc.) para evitar que nuestros mensajes sean interpretados erróneamente como spam y no lleguen al destinatario.
Una vez abierto el mensaje, tendremos muy poco tiempo para enganchar al usuario y mostrarle las ventajas de nuestro producto o servicio. Los usuarios no se van a leer cada palabra de tu mensaje, sino que realizarán un “escaneado” rápido de la página centrándose en los mensajes principales.
Por otro lado, no intentes incluir toda la información en el correo, piensa que estás invitando a los usuarios para que miren más información sobre el servicio en tu web, que es donde deberás desarrollar la información y hacia donde deberemos dirigir todos nuestros esfuerzos.
Nuestro mensaje tiene unos objetivos comerciales que cumplir, ya sea comprar un producto, descargar un documento, ver una demostración o registrarse para un evento. Los usuarios normalmente no tomarán la decisión desde el propio correo, sino que consultarán la información en la página de destino de nuestra web (landing page), a donde dirigirán los enlaces desde nuestro correo y donde desarrollaremos toda la información.
No los lleves a la página de inicio de tu web: el usuario quiere ver información sobre el producto y no buscarlo entre los contenidos de tu página principal. Una vez generado su interés, no disperses su atención con temas secundarios.
Desde el momento de acceder a la página de destino, dedicarán unos pocos segundos para revisar el contenido, por lo que si no cubrimos sus expectativas, todo nuestro esfuerzo habrá sido en vano.
La correcta definición de nuestra landing page será crítica para el éxito de nuestra campaña.
En este punto ya tenemos al usuario muy interesado: aprovecha para facilitarle una acción inmediata. Evita distracciones, elimina toda la información que no aporte valor y destaca todo aquello que pueda favorecer que el usuario tome una decisión inmediata para contratar nuestro producto, solicitar una prueba o pedir más información.
Envío y seguimiento
En general los días más recomendados para realizar envíos se sitúan entre el martes y jueves, aunque puede variar dependiendo de diversos factores y de cada caso particular, por lo que al final nuestra propia experiencia nos irá orientando para realizar las correcciones necesarias para ir mejorando en nuestras acciones.
En cualquier caso, las 48 horas posteriores al envío serán cruciales para evaluar el éxito de una campaña, midiendo el ratio de aperturas, el número de clics y el número de altas, ventas o suscripciones conseguidas.
Las cifras finales sobre la consecución de los objetivos nos reportarán, restando el coste de la campaña, el dato más importante para medir el éxito de nuestra acción, el retorno de nuestra inversión.
Ventas y Usuarios de Internet el año pasado
Autor: http://www.fecemd.org/
Los bienes y servicios adquiridos en el año 2 005, no han variado de manera significativa sobre los datos de años anteriores . Los más de mandados han sido los billetes de transporte (31.7%), las entradas para espectáculos (17.7%), libros (14.4%), electrodomésticos (12.2%), reservas para alojamientos (11.1 % ) y artículos de electrónica ( imagen y sonido) (10.6% ) .
Una de las funcionalidades que Internet ofrece al usuario es posibilitar la comparación de productos y servicios antes de proceder a adquirirlo en una tienda física fuera de Internet. En este caso, el 81,6% de los compradores, y el 42,1% de los no compradores utilizan la Red para esta función.
* Hombres.
* Mayores de 25 años, con especial concentración en el intervalo de 25 a 34 años.
* Individuos con estudios medios o universitarios.
* Con un nivel socioeconómico medio alto y alto.
* Pertenecientes a hogares con un nivel de ingresos neto superiores a 1200€.
* Residentes en el medio urbano (más de 100.000 habitantes).
Uso de Internet
Los individuos compradores tienen una mayor experiencia en el uso de Internet tanto en antigüedad como en intensidad de uso.
Indican que la primera conexión fue hace más de tres años el 85.5% de los compradores vs. el 67.2% de los no compradores.
El 66.4% de los compradores se conecta a Internet a diario frente al 38.2% de los no compradores.
Los 5 Artículos Más comprados en Internet durante el 2005
¿Qué es el "Page Rank"?
PageRankTM (PR) es un valor numérico que representa la importancia que una página web tiene en Internet. Google se hace la idea de que cuando una página coloca un enlace (link) a otra, es de hecho un voto para esta última.
Cuantos más votos tenga una página, será considerada más importante por Google. Además, la importancia de la página que emite su voto también determina el peso de este voto. De esta manera, Google calcula la importancia de una página gracias a todos los votos que reciba, teniendo en cuenta también la importancia de cada página que emite el voto.
PageRankTM (desarrollado por los fundadores Larry Page y Sergey Brin) es la manera que tiene Google de decidir la importancia de una página. Es un dato valioso, porque es uno de los factores que determinan la posición que va a tener una página dentro de los resultados de la búsqueda. No es el único factor que Google utiliza para clasificar las páginas, pero sí es uno de los más importantes.
Hay que tener en cuenta que no todos los links son tenidos en cuenta por Google. Por ejemplo, Google filtra y descarta los enlaces de páginas dedicadas exclusivamente a colocar links (llamadas 'link farms').
Además, Google admite que una página no puede controlar los links que apuntan hacia ella, pero sí que puede controlar los enlaces que esta página coloca hacia otras páginas. Por ello, links hacia una página no pueden perjudicarla, pero sí que enlaces que una página coloque hacia sitios penalizados, pueden ser perjudiciales para su PageRankTM.
Si un sitio web tiene PR0, generalmente es una web penalizada, y podría ser poco inteligente colocar un link hacia ella.
Una manera de conocer el PageRankTM de una página es decargándose la barra de búsqueda de Google (solamente disponible para MS IExplorer). Aparece una barra en la que se muestra en color verde el valor de PageRankTM en una escala de 0 a 10. Sitios web con PR10 son Yahoo!, Microsoft, Adobe, Macromedia, o la propia Google.
El algoritmo de 'PageRankTM' fue patentado en Estados Unidos el día 8 de enero de 1998, por Larry Page. El título original es 'Method for node ranking in a linked database', y le fue asignado el número de patente 6,285,999.
Esperamos, como siempre, que esta información os haya resultado de utilidad.
Hasta la próxima
martes, 13 de marzo de 2007
"Outsourcing"
domingo, 25 de febrero de 2007
Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
En esta cesión de trabajadores se establece una relación a tres partes que son el trabajador, la empresa usuaria y la ETT. El trabajador formaliza con la ETT un contrato, que puede ser de duración indefinida o temporal (es importante resaltar que por ley desde el año 1999, las EET tienen la obligación de contratar a 12 trabajadores indefinidos por cada 1000 contratos que realicen.). Entre la empresa usuaria y la ETT se formaliza un contrato mercantil, llamado contrato de puesta a disposición. Por tanto, es responsabilidad de la ETT abonar el salario del trabajador.
Las ETT comienzan su actividad en España en el año 1994, cuando fueron reguladas por ley, aunque ya existían algunas empresas que ofrecían estos servicios anteriormente. La expansión de Internet ha supuesto una expansión simultánea de este tipo de empresas. Cualquier persona puede dar de alta sus datos y enviar su currículo a través de Internet, de la misma manera que puede recibir ofertas de empleo en su correo electrónico y presentar su candidatura al puesto con sólo hacer click.
Hay muchas personas que opinan que las ETT fomentan la precariedad y temporalidad del empleo, sin embargo, estas empresas facilitan la búsqueda y obtención de empleo a determinado tipo de personas que por sus circunstancias personales, les interesa un trabajo de duración determinada. Tal es el caso de los estudiantes, por ejemplo, que en su mayoría buscan empleos que les permitan compaginar el trabajo con sus estudios.
miércoles, 21 de febrero de 2007
Requerimientos para obtener un Sitio Web
martes, 20 de febrero de 2007
¿Vives para trabajar o trabajas para vivir?
La conciliación tiene un beneficio muy notable tanto para el empleado, que reduce su estrés y disfruta en mayor medida de su vida personla y familiar, como para el empresario, el cual consigue una plantilla más motivada y comprometida.
domingo, 11 de febrero de 2007
Página web de 100x100 ASESORES
Este post es para comunicar a los visitantes del Blog, que ya está lista la página de 100x100 ASESORES. Esperamos que la visitéis enseguida y nos deis vuestra opinión.
www.100x100asesores.com
viernes, 9 de febrero de 2007
Renting. ¿Qué es?. Principales ventajas
jueves, 25 de enero de 2007
El Registro Mercantil
1.- Es un registro de seguridad jurídica: Las inscripciones practicadas en el Registro Mercantil están dotadas de importantes efectos (legalidad, legitimación, fe pública, oponibilidad, prioridad, etc.)
2.- Es un registro público: El Registro Mercantil puede ser consultado por cualquier persona.
3.- Es un registro personal: El Registro Mercantil comprende tanto a los comerciantes o empresarios individuales como a los empresarios sociales y también a otras entidades que actúan en el tráfico mercantil.
Como jurista con funciones públicas, el Registrador tiene encomendada la función de calificar y controlar bajo su responsabilidad la legalidad de los documentos de toda clase presentados en el Registro.
Las normas por las que se rige el Registro Mercantil son el Código de Comercio de 1885, el Reglamento del Registro Mercantil de 19 de Julio de 1996 y las normas especiales que rijan cada tipo de entidad (como la Ley de Sociedades Anónimas, Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, etc.)
Objeto del Registro Mercantil
1.- La inscripción de sociedades
Las Sociedades deberán inscribirse en el Registro Mercantil. Con la inscripción la sociedad adquirirá plena personalidad jurídica. La inscripción de las sociedades mercantiles en el Registro Mercantil es obligatoria.
2.- Legalización de Libros
El Código de Comercio impone a todos los empresarios la obligación de legalizar sus libros en el Registro Mercantil de su domicilio.
Deberán legalizarse necesariamente el Libro de Inventarios y Cuentas Anuales y el Libro Diario. Las Sociedades deberán llevar además un Libro de Actas para cada uno de sus órganos sociales y un Libro Registro de acciones nominativas o un Libro Registro de Socios, según sea anónima o limitada, respectivamente.
3.- Nombramiento de Expertos Independientes
El motivo por el que la Ley impone la obligación de designar expertos independientes es el garantizar la realidad del patrimonio social evitando aportaciones no dinerarias sobrevaloradas que den lugar a una infracapitalización de la Sociedad. Esto es sólo obligatorio en determinados casos.
4.- Nombramiento de Auditores de Cuentas
El nombramiento de auditores de cuentas de la sociedad deberá realizarse por la Junta General de la Sociedad antes de que finalice el ejercicio a auditar por un período de tiempo no inferior a tres años ni superior a nueve pudiendo posteriormente ser prorrogado anualmente.
Procederá el nombramiento de auditor de cuentas por el Registrador Mercantil del domicilio de la Sociedad cuando tenga lugar alguna de las siguientes causas:
- Cuando la Sociedad no hubiera nombrado auditor antes de que finalice el ejercicio que se deba auditar.
- Cuando las personas designadas no acepten o no puedan cumplir sus funciones.
- Cuando lo solicite algún socio que represente al menos el 5% del capital social y la sociedad no tenga nombrado auditor ni hayan transcurrido tres meses desde el cierre del ejercicio social.
Las principales funciones de los auditores son:
- Verificar las cuentas anuales de la Sociedad.
- Determinar el valor real de las acciones en las transmisiones mortis causa o en procedimiento de ejecución judicial o administrativa.
- Verificar el balance cuando se aumente el capital por compensación de créditos o con cargos a reservas.
- Determinar el valor real en caso de liquidación del usufructo de acciones.
- Determinar el valor real cuando se excluya el derecho de suscripción preferente en caso de aumento de capital.
- Verificar el balance cuando se reduzca el capital por pérdidas o para dotar la reserva legal.
- El auditor así mismo, deberá informar en caso de emisión de obligaciones convertibles.
5.- Deposito de Cuentas Anuales.
La legislación vigente establece, en base al principio de transparencia que ha de inspirar la contabilidad mercantil, la obligación de los empresarios de depositar sus cuentas anuales a fin de poder obtener una imagen fiel de su patrimonio y de la situación de la empresa.
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miércoles, 24 de enero de 2007
Los beneficios de proteger las marcas
El registro de una marca otorga a la empresa el derecho exclusivo a utilizarla y, por tanto, a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión.
Si la empresa no registra la marca, las inversiones que realice en la comercialización de un producto pueden resultar infructuosas ya que sus rivales podrían utilizar la misma marca o una tan similar que pueda confundirse para comercializar productos idénticos o similares. Si un competidor adopta una marca similar o idéntica, los consumidores podrían comprar por error el producto del competidor. Esto no sólo disminuirá las ganancias de la empresa y confundirá a sus clientes, sino que dañará su reputación e imagen, especialmente si los productos rivales son de calidad inferior.
Dado el valor de las marcas y la importancia que una marca puede tener para el éxito de un producto en el mercado, es crucial asegurarse de que está registrada en el mercado o los mercados pertinentes.
Además, puede concederse una licencia sobre la marca a otras empresas, lo que representaría una fuente adicional de ingresos. Las marcas también pueden ser objeto de acuerdos de franquicia.
Una marca que goce de buena reputación entre los consumidores también puede emplearse para obtener financiación de instituciones financieras, que cada vez son más conscientes de que el éxito comercial de las empresas depende en gran medida de las marcas.
Resumidamente, las marcas:
- Garantizan que los consumidores distingan los productos,
- Permiten a las empresas diferenciar sus productos,
- Son un instrumento de comercialización y permiten,
- Proyectan la imagen y la reputación de una empresa,
- Pueden ser objeto de concesión de licencias y proporcionar una fuente directa de ingresos a través de regalías,
- Representan un factor determinante en los acuerdos de franquicia,
- Pueden ser importantes activos comerciales,
- Incitan a las empresas a invertir en el mantenimiento o la mejora de la calidad del producto,
- Pueden ser útiles para obtener financiación.
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Criterios para elegir una denominación social
2 - La denominación objetiva podrá hacer referencia a una o varias actividades económicas o ser de fantasía.
3 - En la denominación social no podrá incluirse total o parcialmente el nombre o el seudónimo de una persona física o jurídica sin su autorización o consentimiento.
4 - Siempre que se tenga que aportar una autorización a la solicitud de denominación social ésta debe presentarse con la firma de la persona autorizante legitimada por un Notario.
La autorización de una persona jurídica deberá efectuarse por el órgano de administración correspondiente, de cuya decisión se certificará.
5 - A la denominación deberá seguir la forma social o los términos que por imperativo legal, de acuerdo con la legislación especial de sociedades o entidades inscribibles, deban figurar a continuación de la misma, como por ejemplo "SL" para "Sociedad de Responsabilidad Limitada" o "SA" para "Sociedad Anónima." Estos términos carecen de virtualidad diferenciadora.
6 - No se permite adicionar a la expresión denominativa la abreviatura o anagrama de la misma, según lo establecido en el articulo 398.2 del vigente Reglamento del Registro Mercantil y la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado publicada en el BOE con fecha 14 de enero de 1.998.
7 - Cuando una denominación figura ya en otro idioma, se entiende que existe identidad entre ambas, según lo establecido en el articulo 10.2 de la Orden Ministerial de 30 de diciembre de 1.991, sobre el Registro Mercantil Central, que establece: "Cuando la denominación solicitada sea traducción de otra que ya conste en el Registro, solo se considerará que existe identidad cuando, a juicio del Registrador, se dé notoria semejanza fonética entre ambas o socialmente se consideren iguales."
8 - El artículo 407 RRM establece que no podrán inscribirse en el Registro Mercantil las sociedades o entidades cuya denominación sea idéntica a otra ya existente.
Aún cuando la denominación no figure en el Registro Mercantil Central, el Notario no autorizará, ni el Registrador inscribirá, sociedades o entidades cuya denominación les conste por notoriedad que coincide con la de otra entidad preexistente, sea o no de nacionalidad española.
9 - Con arreglo al articulo 408 del vigente Reglamento del Registro Mercantil, se entiende que existe identidad no sólo en caso de coincidencia total y absoluta entre denominaciones, sino también cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- La utilización de las mismas palabras en diferente orden, género o número.
- La utilización de palabras distintas que tengan la misma expresión o notoria semejanza fonética.
- La utilización de las mismas palabras con la adición o supresión de términos o expresiones genéricas o accesorias (...) u otras partículas similares de escasa significación. El artículo 10, apartado 3, de la Orden Ministerial de 30 de diciembre de 1.991 señala que "Los términos o expresiones genéricas o accesorias, a que se refiere la regla 2ª del citado articulo 408 del vigente Reglamento del Registro Mercantil, serán apreciados por el Registrador teniendo en cuenta su efecto diferenciador y su uso generalizado.
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Proceso de Constitución de una Sociedad
Certificación negativa del nombre
Consiste en la obtención de un certificado acreditativo de que no existe otra sociedad con el mismo nombre de la que se pretende constituir.
Otorgamiento de la escritura pública
Acto por el que los socios fundadores otorgan la escritura de constitución de la sociedad. Dicha escritura incluye los estatutos por los que se regirá la sociedad y los socios.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Gestión, liquidación, comprobación e inspección del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados. Este tributo grava, en este caso, la constitución de una sociedad en 1% sobre su capital social.
Código de Identificación Fiscal, C.I.F.
Identificación ante las autoridades tributarias de la sociedad.
Inscripción en el Registro Mercantil
Se ha de proceder a la inscripción de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia en que tenga su domicilio social.
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martes, 23 de enero de 2007
¿Por qué 100x100 Asesores?
En este sentido, 100x100 Asesores no se detiene en el mero asesoramiento en materia fiscal, contable, laboral y de sociedades. El propósito de 100X100 Asesores es colaborar en el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, así como de profesionales que, a pesar de disponer de las capacidades específicas para triunfar en su mercado, no disponen de todos los medios para dedicarse a materias ajenas a su mercado.
Por ello, además de la asesoría en la materias propias de una asesoría, 100X100 Asesores pretende trabajar en conjunto con sus clientes para un mayor desarrollo de su negocio mediante un estudio pormenorizado y personalizado de las posibilidades de cada cliente.
En consecuencia, el departamento de diseño de páginas web de 100x100 Asesores no se limita a elaborar una página con diseños atractivos, sino que estudia cuidadosamente las páginas de los principales competidores y elabora un informe detallado aconsejando a nuestro cliente acerca de la estrategia que consideramos más adecuada para que la página web constituya un instrumento realmente útil para incrementar sus ventas. Asimismo, el departamento de marketing cuenta con los más modernos medios y conocimientos para conseguir que el cliente suba rápidamente a los más altos puestos entre sus competidores.
Finalmente, los profesionales que desarrollan este proyecto de 100X100 Asesores son, en su mayoría, personas jóvenes con una amplia experiencia en los sectores de su ámbito. Ello implica, no sólo una sobrada capacitación para desarrollar sus actividades, sino también un conocimiento de las necesidades de sus clientes.
lunes, 22 de enero de 2007
Ventajas de Usar una Asesoría
Para facilitar ambas tareas es necesaria la ayuda de un despacho de asesoría que gestione todos los trámites que deben cumplirse, así como cumplir con todas las obligaciones que la legislación actual establece. De esta forma el emprendedor ahorrará tiempo y dinero, así como avanzará más correctamente y con seguridad en la puesta en funcionamiento de la iniciativa empresarial.
La gestión de una empresa conlleva tener definido el servicio a prestar y dominar la actividad, de igual manera, hay que mejorar la gestión interna y cumplir con las obligaciones formales de toda empresa, con el objeto de mejorar la calidad del servicio que se ofrece a los clientes.
El asesor de empresa es el mejor aliado que puede tener el pequeño y mediano empresario para llevar adelante su negocio maximizando la rentabilidad y minimizando al máximo los riesgos.
El propósito de 100x100 Asesores es ayudar a las pequeñas y medianas empresas y a los emprendedores a iniciar y desarrollar su proyecto empresarial y de negocio y que, a pesar de disponer de las capacidades específicas para triunfar en su mercado, no disponen de los conocimientos necesarios ni del tiempo necesario para emplear sus medios en materias que no están estrictamente relacionadas con sus productos y/o servicios pero que también son necesarios para conseguir el éxito empresarial deseado.
En este sentido, 100x100 Asesores pretende tener siempre una mentalidad abierta respecto de las necesidades de las pymes y, por ello, tiene la intención de ayudar y colaborar con las pymes en todo aquello que puedan necesitar o solicitar.
jueves, 11 de enero de 2007
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domingo, 7 de enero de 2007
Calendario Laboral 2007
Comienza un nuevo año en el que, como en todos los anteriores, cada trabajador español gozará de 14 días festivos (además de todos los domingos del año), divididos de la siguiente manera:
-Festivos Nacionales: 9 días aplicables a toda la nación.
-Festivos Autonómicos: 3 días aplicables a cada autonomía en particular.
-Festivos Locales: 2 días propios de cada localidad.
Las festividades nacionales son:
Enero: 1, año nuevo.
Abril: 6, viernes Santo.
Mayo: 1, fiesta del trabajo.
Agosto: 15, fiesta de la Asunción de la Virgen.
Octubre: 12, fiesta nacional de España.
Noviembre: 1, festividad de Todos los Santos.
Diciembre: 6,día de la Constitución; 8, fiesta de la Inmaculada Concepción; 25, Navidad.
Para más información sobre las festividades propias de cada comunidad y localidad, os facilitamos el siguiente enlace a la página web de la seguridad social:
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=50297
Como siempre, esperamos que esta información os haya sido de utilidad.
Hasta pronto!!